Validación de omisión en el Registro Inicial de vehículos de carga

De acuerdo con la Circular No. 20244000000057 del 05 de Enero de 2024 expedida por el Ministerio de Transporte se emiten medidas para resolver la situación de los vehículos que presentan omisiones en su registro inicial.

Para lograr la normalización de estos vehículos nuestro Bufete lo asesora en los mecanismos a los que puede recurrir:

  • Desintegración del vehículo de carga del mismo servicio que cumpla con las equivalencias establecidas en Decreto 1079 de 2015.
  • Cancelación del valor de la caución que se debió constituir en el momento de la matrícula del vehículo.
  • Utilización de un certificado de cumplimiento de requisitos que no haya sido usado.

Sin embargo, existen situaciones en las cuales el vehículo de carga o no necesitaba el certificado de cumplimiento de requisitos para su registro inicial, o si cuenta con el pero es al interior de las Secretarías de Tránsito que dicho requisitos se ha extraviado o asignado a un vehículo indebidamente.

En estos casos, y según los soportes documentales que se tengan, nuestro equipo jurídico hará prevalecer los derechos adquiridos de los propietarios de buena fe sobre estos derechos de reposición, a través de mecanismos legales tales como derechos de petición, acciones de tutela y acciones de cumplimiento.