¿Sabe Usted que pueden cambiar las condiciones de su contrato laboral?
De encontrarse frente a un caso grave de alteración de la normalidad económica por la emergencia del COVID 19, el artículo 50 del Código Sustantivo del Trabajo, permite que en una revisión del contrato, las partes puedan adoptar nuevas condiciones del vínculo laboral y dispone que de no llegar a un acuerdo, el empleador pueda acudir a un juez laboral que solucione las diferencias.
Sin embargo, hay que recordar que el Ministerio de Trabajo precisó que estas nuevas condiciones establecidas serán permanentes una vez se hayan implementado, y que son diferentes a las alternativas que se han usado durante la pandemia; como el teletrabajo, la jornada laboral flexible, el trabajo en casa, entre otras.
Mintrabajo, Concepto 75352, Sep. 25/21.
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