Transporte

¡Atención, es momento de ponerse al día con las multas pendientes de pago!

Acaba de ser expedida la Ley 2027 del 24 de Julio de 2020, mediante la cual se otorga una amnistía del 100% de los intereses moratorios y del 50% del capital adeudado por concepto de multas de tránsito, siempre que el deudor pague o celebre acuerdo de pago antes del 31 de Diciembre de este año.

El pago o acuerdo de pago podrá realizarlo ante el organismo de tránsito que le impuso la multa, o en cualquier oficina del SIMIT a nivel nacional.

Es importante señalar que los acuerdos de pago que se suscriban acogiéndose a los beneficios de esta Ley, podrán tener un plazo de hasta un año, pero en caso de ser incumplidos conllevarán la pérdida de los descuentos.

Estos beneficios no aplican para multas pendientes de pago por embriaguez.

Igualmente la Ley establece que a partir de la fecha, si le es inmovilizado su vehículo por alguna infracción de tránsito, será requisito el pago de la multa para poder tramitar la orden de salida.

Fuente: https://www.eltiempo.com/politica/gobierno/ley-2027-de-2020-amnistia-a-deudores-de-multas-de-transito-en-que-consiste-522076

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